Esta ordenanza con el proposito de resguardar la vida de estos menores consiste en aplicar multas a quellos conductores que irrespeten las reglas y lleven a menores de 12 años sin ‘sillitas’ de protección a los golpes o posibles choques.
La iniciativa del bloque de concejales del MPN estableció la modificación del artículo 291 de la ordenanza 12028, que es el Código de Faltas. En ese punto se estableció que “serán sancionados con multas de 100 a 200 unidades fijas el que circulare con menores de 12 años ubicados en el asiento delantero, como también así, el que circulare con menores de hasta 12 años cuya estatura sea inferior a un metro con cincuenta centímetros (1,50 metros), sin utilizar sistema o dispositivo de retención infantil (SRI) correspondiente a su peso y/o altura debidamente homologado”.
Agrega la normativa que “el infractor podrá compensar el monto de la multa mediante la acreditación de la compra de un SRI (Sistema de Retención Infantil) a su nombre, siempre que se trate de la primera multa, con fecha posterior a la infracción, dentro de los treinta (30) días de notificada la misma”.
«El espíritu de esta modificación no es una medida recaudatoria, lo que buscamos es trabajar y generar conciencia y educación vial», dijo a LMN la concejal María Eugenia Ferraresso. Y agregó: «Es por eso que el costo de la sillita es la multa».
En tal sentido, junto a la modificación del Código de Faltas se impulsará una campaña de concientización sobre la importancia de la utilización de la sillita para el traslado de los niños en los viajes en automóviles.
De los accidentes viales que se dieron este año dentro del conglomerado Neuquén-Plottier-Centenario, surge que la gran mayoría de los niños menores de 14 años no viajaba con las condiciones de seguridad adecuadas, vinculadas al uso de los sistemas de retención infantil (SRI).
