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Odebrecht. Barata reveló que el codinome ‘Careca’ correspode a exalcaldesa Villarán

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Según consta en planillas la ‘Caja 2’ de Odebrecht, la encarcelada exalcaldesa recibió US$500.000 por el proyecto Rutas de Lima.

El ex hombre fuerte de Odebrecht en el Perú Jorge Barata, reveló este martes, ante los fiscales José Domingo Pérez y Geovanna Mori, que el codinome Careca que consta en los documentos de Departamento de Operaciones Estructuradas, corresponde a la ex alcaldesa de Lima Susana Villarán, a quien la empresa entregó US$500.000 por el proyecto Rutas de Lima

Según publicó ID-Reporteros, el pago se realizó en el contexto elecionario municipal en agosto de 2014, a través de la compañía PEL-Project Engineering & Logistic.

¿Por qué Careca?

‘Careca’, es el  exfutbolista Anonio de Oliveira, quien se ganó su apelativo en homenaje al afamado payaso George Savalla Gomes (‘Carequinha’), Barata habría decidido ese ‘codinome’ por el perecido que tendría la exalcaldesa Villarán con el artista.

La exfuncionaria edil cumple una orden de 18 meses de prisión preventiva en el penal de Mujeres de Chorrillos. mientras  es investigada por los supuestos delitos de lavado de activos, cohecho y asociación ilícita para delinquir.

Barata también declaró a los fiscales, que Martín Bustamante, exfuncionario de la gestión del exalcalde de Lima Luis Castañeda Lossio, figura en la ‘Caja 2’ de Odebrecht bajo el seudónimo de ‘Bigode’, quien recibió dos pagos en el 2014 por un total de 75 mil dólares por Rutas de lima.

 

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Mundo Pex

¡Escándalo! SERVIR concluye que Cancillería expuso a sus trabajadores a riesgos de vida en consulado de Miami.

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La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) concluyó que el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) incumplió los principios de Prevención y Protección establecidos en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley N.° 29783, debido a las condiciones en las que operó durante más de un año el Consulado General del Perú en Miami.

Según el Oficio N.° 005829-2026-SERVIR-GDSRH, la sede consular presentó daños estructurales y eléctricos que expusieron a los trabajadores a condiciones consideradas insalubres y peligrosas. Ante ello, SERVIR recomendó iniciar acciones para determinar una eventual responsabilidad administrativa de los funcionarios y servidores involucrados.

Una situación advertida desde 2022

El caso se remonta a los años 2022 y 2023,  reportes periodísticos, entre ellos los difundidos por Ecos Latinos, alertaron sobre el progresivo deterioro del inmueble, según reclamos de la época llegados a Torre Tagle, algunos trabajadores fueron afectados seriamente en salud debido a las condiciones de insalubridad en los que fueron obligado a laborar. Denunciaron además la presencia de asbesto, mineral cancerígeno comúnmente usado en edificaciones antiguas.

SOS.Consulado del Perú en Miami se cae a pedazos personal denuncia condiciones insalubres de trabajo. VIDEO

El 6 de noviembre de 2023, el ingeniero Fernando E. Márquez, con licencia profesional P.E. 73987 del
Estado de la Florida,
elaboró un Informe de Inspección de daños estructurales y eléctricos, El documento identificó grietas en paredes, deterioro de la azotea y escaleras, corrosión de vigas, paneles eléctricos con riesgo de desprendimiento y conexiones expuestas.

SERVIR inicia supervisión al Ministerio de Relaciones Exteriores

El 3 de noviembre de 2025, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos (GDSRH) de SERVIR tomó conocimiento oficial del presunto incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo.

Posteriormente, los días 18 y 19 de diciembre de 2025, SERVIR notificó al Ministerio de Relaciones Exteriores el Oficio N.° 012179-2025-SERVIR-GDSRH, mediante el cual inició una supervisión no programada y otorgó al MRE un plazo de siete días hábiles para presentar sus descargos.

La respuesta de Cancillería

El 29 de diciembre de 2025, la Oficina General de Inversiones e Infraestructura del Ministerio de Relaciones Exteriores emitió el Memorándum N.° PAT024952025 y el Informe Técnico N.° 013-2025.

En su respuesta, el MRE sostuvo que las observaciones habían sido subsanadas mediante trabajos de mantenimiento realizados durante 2023 y 2024. Además, presentó una Letter of Building Recertification emitida por la ciudad de Coral Gables, Miami-Dade, en febrero de 2025.

El 5 de enero de 2026, la Secretaría General del MRE, a cargo de Eric Anderson Machado, presentó formalmente la respuesta de la institución dentro del plazo establecido por SERVIR.

SERVIR cuestiona la respuesta del MRE

En agosto de 2026, SERVIR emitió el Oficio N.° 005829-2026-SERVIR-GDSRH, firmado por la gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, Mariel Herrera Llerena, con el visto bueno de los ejecutivos de supervisión Hernan Roberto Tenicela Ninamango y Cristina Maria Angeles Saenz.

Aunque el inmueble obtuvo una recertificación en 2025, SERVIR concluyó que ello no eliminaba la responsabilidad derivada de la falta de actuación oportuna durante el periodo en que los trabajadores estuvieron expuestos a riesgos.

La entidad sostuvo que, entre noviembre de 2023 y la ejecución de las reparaciones correspondientes durante 2024 y 2025, existieron riesgos objetivos que debieron ser atendidos mediante medidas preventivas destinadas a proteger al personal.

Los principales riesgos detectados

Entre los hallazgos señalados en la documentación evaluada por SERVIR figuran:

  • Deterioro del concreto en la azotea.
  • Grietas externas e internas en diferentes sectores del inmueble.
  • Corrosión de columnas y elementos estructurales.
  • Un panel eléctrico ubicado en el techo del cuarto piso con riesgo significativo de desprendimiento.
  • Inoperatividad de luces de emergencia.
  • Existencia de cableado expuesto.
  • Falta de documentación que acreditara una evaluación integral de los riesgos y la adopción oportuna de medidas de protección para los trabajadores.

SERVIR también cuestionó que el Ministerio no acreditara haber dispuesto medidas como la reubicación temporal del personal mientras persistían las condiciones consideradas críticas.

SERVIR pide investigar posibles responsabilidades

El pronunciamiento de SERVIR no se limita a formular observaciones sobre las condiciones del inmueble. La entidad recomendó al Ministerio de Relaciones Exteriores iniciar las acciones correspondientes para determinar la eventual responsabilidad administrativa de los funcionarios y servidores que no hubieran observado las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo.

El MRE dispone de un plazo de 15 días hábiles, contado desde la notificación del oficio, para cumplir con esta recomendación.

Asimismo, deberá acreditar que el oficio de resultados fue remitido a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio.

Un caso que vuelve a poner bajo la lupa la sede consular

La decisión de SERVIR vuelve a colocar bajo escrutinio las condiciones de funcionamiento del Consulado General del Perú en Miami y la gestión realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores frente a las advertencias sobre el estado del inmueble.

La sede fue adquirida en 2006 por un monto cercano a los US$ 5,9 millones durante el gobierno de Ollanta Humala. Desde años posteriores, trabajadores y medios de comunicación habían advertido sobre problemas relacionados con el mantenimiento y las condiciones de seguridad de las instalaciones.

El pronunciamiento de SERVIR establece que una regularización posterior de las condiciones del inmueble no necesariamente elimina la obligación de investigar si existieron omisiones durante el periodo en que los servidores estuvieron expuestos a riesgos.

 

En el artículo adjunto, peruanos residentes en Estados Unidos rechazan el reconocimiento otorgado por el entonces congresista y hoy senador por los peruanos en el exterior, Jorge Zevallos (Renovación Popular), quien, lejos de fiscalizar el escándalo, premió a la cónsul a cargo de dicha sede.

Rechazan reconocimiento del congresista Jorge Zeballos a cónsul de donde reside, en el Día de los Peruanos en el Exterior.

Ahora corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores acreditar el cumplimiento de la recomendación y determinar, mediante las instancias correspondientes, si existen responsabilidades administrativas por las decisiones adoptadas respecto de la seguridad y salud de los trabajadores del Consulado General del Perú en Miami.

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Mundo Pex

Peruanos en el exterior denuncian a cancillería: Exigen voto electrónico para elecciones de Consejos de Consulta.

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Canciller Carlos Espá y Keiko Fujimori | Foto: Gobierno de Perú.

Un grupo de ciudadanos residentes en el extranjero ha presentado una Demanda Constitucional de Cumplimiento ante el Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima contra Carlos Spa. Ministro de Relaciones Exteriores (RREE).

El objetivo de la acción legal es forzar al Estado peruano a implementar el voto electrónico no presencial para la elección de los Consejos de Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior, un mecanismo de participación ciudadana que lleva paralizado más de una década y media. Una deuda democrática de 16 años

La Ley N.° 29495 y su reglamento (Decreto Supremo N.° 057-2010-RE) reconocen a los Consejos de Consulta como órganos democráticos fundamentales para articular las necesidades de los migrantes con los consulados. Sin embargo, el artículo 24 de esta norma establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores debe regular el voto electrónico para estas elecciones «de contarse con la plataforma tecnológica desarrollada por la ONPE».

 

El problema, según los demandantes, no es la tecnología, sino la burocracia. «La falta de regulación no obedece a una limitación tecnológica, sino a una omisión administrativa subsanable» denuncian en el escrito. A pesar de que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) cuenta con plataformas de Voto Electrónico No Presencial (VENP) probadas y exitosas desde 2014, la Cancillería se ha negado a emitir la resolución ministerial que habilite su uso para los Consejos de Consulta.

La falta de este mecanismo ha generado una crisis de representación. Para que un peruano en el extranjero vote de manera presencial, debe viajar cientos o miles de kilómetros hasta su sede consular más cercana, un costo logístico y económico que resulta imposible para la gran mayoría.

«Esta irresponsable omisión por parte del demandado viene restringiendo los derechos fundamentales de cuatro millones de peruanos en el exterior» advierte la demanda. Esta barrera geográfica ha provocado que, en la actualidad, la inmensa mayoría de los más de 180 consulados peruanos en el mundo no cuenten con un Consejo de Consulta instalado
Los demandantes, entre ellos Marleny del Rosario Mesta, Kilder Fuentes y Ricardo Eduardo Cotrina, alertan que esta exclusión deja en el desamparo a miles de familias migrantes que, ante vulneraciones a sus derechos humanos, problemas de estatus migratorio o necesidad de apoyo consular, carecen de un espacio de diálogo y cogestión reconocido por el Estado.
El detonante: La «sordera» administrativa del Ministerio». La vía judicial se abrió tras agotar la instancia administrativa. El pasado 13 de julio de 2026, los ciudadanos enviaron una Carta Notarial de Requerimiento al ministro Alfonso Carlos Espa y Garces-Alvear, exigiendo el cumplimiento de la ley. El Ministerio tenía 15 días hábiles para responder o emitir la norma.

Ante el silencio absoluto y la «inacción contumaz» de la Cancillería, los ciudadanos activaron el Proceso de Cumplimiento (amparado en el artículo 200, inciso 6 de la Constitución), solicitando al juez que ordene al Ministerio la expedición y publicación inmediata de la directiva reglamentaria, así como la coordinación formal con la ONPE para integrar la plataforma de voto remoto.

¿Qué se exige?
Que el juez ordene al Ministerio de Relaciones Exteriores reglamentar el voto electrónico remoto para los Consejos de Consulta.
¿Por qué es viable?
La ONPE ya cuenta con la tecnología y ha emitido oficios confirmando su capacidad para parametrizar el software de voto por internet, solo a la espera del marco normativo de la Cancillería.
¿A quiénes afecta?
A más de 4 millones de peruanos residentes en el extranjero, quienes ven vulnerado su derecho a la participación política y a la igualdad (Art. 2.2 y 2.17 de la Constitución).

El precedente: Se busca replicar la modernidad electoral que el Perú ya aplicó en comicios municipales (2014, 2018) y generales (2021), adaptándola a la realidad transnacional de sus ciudadanos.

Mientras el Poder Judicial no emita un fallo, la «diáspora invisible» del Perú seguirá esperando que el Estado les permita ejercer su derecho a organizarse y defender sus intereses desde cualquier rincón del mundo.

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